EL PROYECTO DE LEY 131 DE 2016
CAMARA DE REPRESENTANTES

Por Germán Molano Baquero
Presidente CAPH BOGOTÁ

 
La Honorable e incansable Representante a la Cámara Doctora Olga Lucia Velásquez Nieto radicó en el mes de agosto de 2016 un proyecto de ley para fortalecer el régimen especial de la propiedad horizontal, y entre otras cosas, regular las condiciones a cumplir por quienes fungen o lo pretenden como Administradores de Propiedad Horizontal en todo el territorio colombiano. Para tal efecto, la representante expresó en su exposición de motivos:
“Objeto del Proyecto de Ley. La presente iniciativa tiene por objeto adicionar la ley 675 de 2001, con el propósito de crear herramientas que permitan la trazabilidad dela información acerca de los registros de la propiedad horizontal, para lo cual se ordenara la creación del registro Único Nacional de Unidades de Propiedad Horizontal, y se establecen requisitos para el ejercicio de administrador de propiedad horizontal.
La mayoría de expertos en propiedad horizontal entre quienes hicieron valiosos aportes a este proyecto (Presidente del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal de Bogotá) coinciden en que hay que reformar la ley 675 de 2001….”
Ampliar, ajustar, fortalecer el registro público de la propiedad horizontal ante los alcaldes distritales, municipales y locales es una necesidad sentida toda vez que se encuentran estos funcionarios en dilemas tales como a cuantas personas pueden inscribir como representantes legales de una copropiedad principal y suplente o muchos principales, que si su tipología constructiva exige que sea la asamblea de copropietarios o el consejo de administración los encargados de designar al administrador y su suplente, que cual es el ente facultado para dilucidar las diferencias surgidas con estos nombramientos.
Hay un total abandono del Estado en la vigilancia del cumplimiento de la obligación de constituir pólizas de seguros para proteger los bienes comunes toda vez que algunas compañías de seguros no atienden ciertas y determinadas construcciones por que ya han cumplido muchos años de existencia o están ubicadas en sitios o zonas que no le convienen al prestador del servicio.
Como el nombramiento o designación del administrador de propiedad horizontal ha sido motivo de dificultades y conflictos en las copropiedades especialmente en aquellas destinadas al uso residencial, se pretende hacer la diferencia y la designación se hará por los copropietarios reunidos en asamblea general y para el uso mixto y comercial el facultado será el consejo de administración. Esto permitirá que los consejeros no coadministren, que algunos no conviertan la copropiedad en su gran oportunidad de negocios particulares, que la persona natural o jurídica que se contrate cumpla con unas condiciones académicas mínimas para asumir el cargo de administrador.
Así mismo, para aquellas personas que durante varios años han venido ejerciendo como administradores de propiedad horizontal y se encuentran inscritos sus nombramientos en el registro público de las alcaldías, durante un tiempo prudencial se tendrán en cuenta estas condiciones para homologar su actividad y de conformidad con la ley, hacerles el reconocimiento debido.
De otra parte, para ciertas y determinadas copropiedades el rigor de las normas y la restricción para implementar su seguridad, ha conducido a que el valor mensual de las expensas comunes hoy constituya un calvario económico, se pretende aliviar a su arbitrio esta carga.
Teniendo en cuenta que los copropietarios afectados por una pésima administración o un ejercicio indebido de consejeros de administración, puedan evitar los perjuicios que esas actuaciones les generan, se busca implementar una autoridad que pueda intervenir para encontrar solución a la convivencia pacífica entre todos los usuarios de las copropiedades.
Siendo un asunto tan sensible que requiere cuidados especiales para encontrar soluciones ajustadas a lo que se pretende, los representantes que integran la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes, liderados por el Doctor Telesforo Pedraza y el ponente del proyecto Representantes Doctor Oscar Hernán Sánchez León, decidieron realizar el día 27 de Abril pasado, audiencia pública para escuchar a las personas interesadas en el proyecto en la cual participaron representantes del Ministerio de Vivienda, Lonja de Propiedad Raíz de Antioquia, Camacol, quienes se opusieron al proyecto, agremiaciones sociales y personas naturales que aportaron críticas constructivas y por el Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal su Presidente German Molano Baquero quien hizo defensa objetiva del proyecto.
Recogidas las inquietudes de los presentes en la audiencia pública, el ponente del proyecto Dr. Oscar Hernán Sánchez, presento una enmienda al texto del proyecto de ley para que en el primer debate realizado en la Comisión Primera se aprobara el texto del proyecto con alunas proposiciones de modificación. La votación fue de 21 Representantes a favor y 5 en contra. La intervención de la Representante Doctora Olga Lucia Velásquez en el recinto de la Comisión y el apoyo de su asesor Doctor Oscar Gómez han sido elementos decisivos para obtener el voto favorable. Gracias a ellos. Sigue el trámite ante la Plenaria de la Cámara de Representantes.