En el año 1985, México sufrió uno de los eventos catastróficos más grandes en su historia, hablan los informes oficiales de 3.192 muertos, algunos medios plantean que se superaron los 20.000 muertos y algunos prefieren opinar que aunque no se logró definir el número de decesos, se podría calcular un aproximado a 10.000 muertos.
En Colombia, se tiene registro escrito de un evento sísmico que data del año 1541 y de los más recientes se destaca el sismo del Quindío, el 25 de enero de 1999 con magnitud modera de 6.2. Este tipo de situaciones, tristes y sombrías, han incidido para que la ingeniería avance en sus estudios para luchar contra el efecto natural del sismo, los estados poco a poco mejoran su normatividad, caso Chile y el propio México, sin dejar fuera nuestra normatividad Colombiana.
En el año 1984, siendo Ministro de Obras Públicas y Transporte HERNAN BELTZ PERALTA, Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros el ingeniero LIBARDO LEAL URREA, y presidente de la República de Colombia, el Dr. BELISARIO BETANCOURT, se promulga el decreto 1400 del 7 de junio de ese año, CODIGO DE CONSTRUCCIONES SISMO-RESISTENTES.
La historia de la reglamentación colombiana inicia en 1984 con esta primera norma, la primera actualización es la que corresponde al reglamento NSR-98, expedida mediante Decreto 33 del 9 de enero de 1998 y la segunda actualización, NSR-10 mediante Decreto 926 del 19 de marzo de 2010, la cual ha sufrido modificaciones mediante Decreto 2525 del 13 de enero de 2010, Decreto 0092 del 17 de enero de 2011 y Decreto 0340 del 13 de febrero de 2012
Es de resaltar que el propósito de esta reglamentación es: “reducir al mínimo el riesgo a la pérdida de la vida.” y la manera de buscar este cometido, dentro de las restricciones que exige el mercado de la construcción, oferta y demanda, viabilidad económica de los proyectos; se basó en el criterio que aún hoy persiste en el sentido de tener construcciones que sean capaces de resistir temblores pequeños sin daños, temblores moderados sin daño estructural y temblores fuertes sin colapso o pérdida de vidas humanas.
En Colombia se han desarrollado estudios para tratar de determinar el grado de amenaza sísmica, encontrando que aproximadamente el 87% de los colombianos se encuentran bajo nivel sísmico representativo.
La reglamentación también contempla quien o quienes están obligados a hacerla cumplir, da tal modo que el usuario final tenga la certeza que su inmueble garantizará el objetivo. Si esto es así, entonces viene la pregunta, porqué se siguen presentando decesos en eventos de sismo?, las razones son varias, algunas de las víctimas pudieron verse afectadas por elementos que caen de las edificaciones, otros por situaciones de salud que no soportan la situación a que se ven abocados y otros por que su edificación colapsa, parcial o totalmente; en este último grupo se halla en gran porcentaje de víctimas.
Vuelve la pregunta…. Porqué?, las edificaciones vecinas, próximas o adyacentes no colapsaron… porqué?, la respuesta brota, por la no observación de la normatividad, sea porque los constructores en busca de hiper-optimización no garantizan los factores de seguridad o mayoración de cargas, o los usuarios deciden “remodelar” sin el visto bueno de las entidades encargadas por velar que las normas sean cumplidas.
En alguna asambleas de copropietarios se plantean situaciones de remodelación, con las famosas ventanas “pasantes” entre comedor y cocina o en algunos casos, algo peor, eliminación de muros portantes, entre alcobas para ampliar los espacios, sobre el argumento, “de la puerta hacia adentro yo puedo hacer lo que desee”, cosa muy diferente a lo establecido, tanto por las normas de sismo resistencia como por la propia ley 675/2001, que estableció en su artículo 3, lo que son los Bienes Comunes y el manejo sobre ellos.
Algunos piensan que este tipo de situaciones son fruto de la idiosincrasia Muisca, que creemos que podemos hacer cualquier cosa sin importar su alcance, nos olvidamos que al vivir en Propiedad somos partes de un todo y que mal podemos actuar en individual cuando en realidad estamos poniendo en riesgo a toda una comunidad.
La falta de liderazgo y autoridad por parte de los administradores, que buscando proteger su ingreso, callan de manera cómplice los abusos que cometen los copropietarios, muchas veces liderados por el propio consejo de administración, para ejecutar obras al interior de sus viviendas que sin ningún control, intervienen la estructura de las edificaciones dejando una alta vulnerabilidad para los eventos de sismo por venir.
Esta situación no es diferente a quienes no pertenecen al régimen de propiedad horizontal, los que poco a poco levantan sus edificaciones, muchas veces con el criterio errado que solo basta colocar muros anchos, muros gruesos y que con eso bastará para resistir el embate de la naturaleza.
Afirman varios expertos en México, “fueron mal construidos”, a la postre, los resultados siempre serán los mismos, afectados que pagaron con sus vidas…